Una de las principales cuestiones que han salido a debate en el IX Congreso Europeo de Medicina Estética, recientemente celebrado en Madrid, es el de la regulación sobre medicina estética. O la no regulación. O la normativa ambigua, insuficiente e incluso contradictoria.
Asistimos a noticias como la que hemos conocido esta semana en Gijón, y lo que subyace es qué requisitos médicos, técnicos y jurídicos ha de cumplir un centro de medicina o de tratamientos estéticos que abre sus puertas; o qué funciones está facultado para ejercer un profesional según su formación y titulación.
Y lo que no se sostiene es que esos requisitos y esas aptitudes resulten bien distintos según la Comunidad Autónoma en la que se desarrollen su actividad. Castilla-La Mancha es la única que cuenta con una orden para regular estos centros y el trabajo de su personal. Por ejemplo, los que dispongan de un aparato láser están obligados a contar con un médico especialista que los supervise. Por su parte, Aragón regula únicamente los centros de medicina estética.
En las demás, puede decirse que barra libre. Hay Colegios de Médicos que ni siquiera reconocen la figura del médico estético. Como describe Rosa Rodríguez, abogada especializada en Derecho Sanitario, “la medicina estética no tiene regulación y la poca que hay es contradictoria (…) No se considera especialidad, y además no se concreta qué profesionales pueden o no realizar según qué tratamientos de estética”.
Existe un Libro Blanco, elaborado por la Sociedad Española de Medicina Estética (SEME), que tal vez debería ser el que homologue las prácticas a realizar en todos los centros. Pero se topa con la legislación variopinta y desordenada, de manera que no tiene efecto no ya en según qué comunidades, sino en según qué ciudades.
Sabido es que desde Cloud Remote Control promovemos la exquisita profesionalidad, seguridad, control y adecuación de los tratamientos en todos los centros de estética, de cualquier tipo y a cualquier nivel. Y facilitamos tecnología para ayudar a cumplir esos requisitos. Pero creemos además imprescindible una regulación homogénea y diáfana que rija esta actividad, delimite y facilite el trabajo de los profesionales, y asegure calidad y seguridad a los consumidores.
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